El 2 de diciembre ha entrado en vigor el Parte de Viajero obligatorio regulado por el Real Decreto 933/2021 que nos obliga a los establecimientos de hospedaje a recabar la siguiente información:
Información del viajero:
- Nombre y apellidos
- Sexo
- Tipo de documento (DNI, pasaporte, TIE) y número
- Nacionalidad.
- Fecha de nacimiento.
- Lugar de residencia habitual y dirección completa
- Teléfono fijo / móvil
- Correo electrónico.
- Número de viajeros.
- Relación de parentesco entre los viajeros (en el caso de que alguno sea menor de edad).
Detalles de la reserva y transacción:
a) Datos del contrato: número de referencia y firmas
b) Datos de la ejecución del contrato.
– Fecha de y hora de entrada.
– Fecha y hora de salida.
Datos del establecimiento o empresa:
- Nombre comercial, CIF o NIF, dirección, teléfono, mail, web…
Datos del pago.
– Tipo (efectivo, tarjeta de crédito, plataforma de pago, transferencia…).
– Identificación del medio de pago: tipo de tarjeta y número, IBAN cuenta bancaria, solución de pago por móvil, otros.
– Titular del medio de pago.
– Fecha de caducidad de la tarjeta.
– Fecha del pago.
La información debe registrarse en la plataforma SES.Hospedajes, un sistema desarrollado por el Ministerio del Interior, garantizando la protección de datos.
El Real Decreto 933/2021, publicado en el BOE, establece las bases para registrar y reportar información sobre viajeros a través de sistemas electrónicos habilitados por el Ministerio del Interior. Este decreto busca reforzar la seguridad ciudadana, previniendo actividades ilícitas como el crimen organizado y el terrorismo.
Te agradecemos tu colaboración y te damos las gracias de antemano.